El Sistema de Facturación Virtual (SFV) del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2016, beneficiando a los contribuyentes con la automatización de los procedimientos y la abreviación de trámites, facilitando las operaciones comerciales de compra y venta, y brindando mayores márgenes de seguridad y control para los receptores de las facturas y la Administración Tributaria.
Estas disposiciones administrativas tienen el objeto de reglamentar la implementación del SFV, estableciendo seis modalidades de facturación (manual, pre valorada, computarizada, oficina virtual, electrónica web y electrónica por ciclos), procedimientos, aspectos técnicos, formalidades, requisitos para la dosificación, activación, entre otros.
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